Informació tributària

Bonificaciones fiscales en la tasa por distribución de agua potable y alcantarillado
Breve descripción:

Como novedad, este año 2009 esta bonificación se hace extensiva también a la Tasa por Alcantarillado.

 

a)  PARA PENSIONISTAS.

 

 

¿Qué tengo qué presentar?

 

1) NUEVAS SOLICITUDES.

 

-            Copia del DNI

-            Certificado de empadronamiento. (en el caso que la solicitud se presente en ATM, no será necesario, puesto que se comprobará previamente en el Padrón de Habitantes)-

-            Certificado sobre percepción de pensión  emitido por el INSS.

 

-            Declaración del Impuesto sobre la renta de les personas físicas del aaño anterior para el que se solicita la exención. En el caso de no estar obligado a efectuar la citada declaración, tendrá que presentar certificado de la AEAT acreditándolo.

 

 

2 Renovación

las personas a quienes se haya reconocido la bonificación en deberán presentarse en al Agencia Tributaria Municipal, acompañando los siguientes documentos:

 

A)   Documento Nacional de Identidad. En el caso de que el beneficiario de la exención no comparezca personalmente, su representante deberá aportar, además del DNI, una fe de vida de aquél.

B)   documento acreditativo de la pensión o pensiones que perciben y de su cuantía.

C)  Declaración jurada de que permanecen, en cuanto a las personas que con ella conviven y bienes de su propiedad, en las mismas circunstancias que señala el número anterior, para tener derecho a la concesión de la exención.

 

¿Cuándo lo tengo qué solicitar?

 

Dentro del Primer Trimestre del año.

 

¿En qué consiste¿

 

Se trata aplicar una bonificación del 50% tanto en las Tarifas del Agua y el Alcantarillado.

 

 

B) para familias numerosas.

 

Gozarán de una bonificación de la cuota de consumo del agua potable aquellas familias que dispongan del Título de Familia numerosa otorgado por la Administración autonómica y estén empadronados en la población de Aldaia,  en el domicilio que constituye su vivienda habitual siempre que reúnan los siguientes requisitos:

A)                       que el interesado lo solicite a Aigües de l’Horta. dentro de los dos primeros meses de cada ejercicio económico.

B)                       Que el interesado sea  beneficiario del Servicio de Agua Potable.

C)                       Que aporte copia de la Cartilla de Familia Numerosa.

Esta Bonificación será de carácter anual.