Informació tributària

¿Cómo se calculan las cuotas y las fracciones?
Breve descripción:

Cálculo de las cuotas

El cálculo de las cuotas iniciales será el adjunto al contrato de alta entregado al usuario.

El importe será el resultado de sumar los importes que los recibos dados de alta poseían en el ejercicio anterior, entre el número de cuotas.

 

Recálculo de cuotas

las cuotas giradas inicialmente en el sistema, en todo caso son provisionales, y son el resultado de dividir,  la suma del importe de los recibos dados de alta en el sistema, entre el número de cuotas.

 

Las cuotas iniciales provisionales,  serán objeto de recálculo  en el momento del cargo de cada padrón del ejercicio actual, procediendo al ajuste de las cuotas.

 

También se procederá al recalculo de las mismas en caso de impago, dividiendo el importe pendiente de pago, entre el número de mensualidades pendientes de cargo.

 

Ajuste de las cantidades sobrantes

 

En el caso de que cargada la última cuota del sistema, se observara que por impago de una o dos cuotas, existente la cantidad pagada  por el usuario no cubre el importe definitivo en el padrón de todos los recibos dados de alta en el sistema, se procederá:

 

1.- Se aplicarán las cantidades ingresadas al pago de los recibos por el orden temporal de  puesta al cobro de los padrones.

2.- los recibos cubiertos en su totalidad se consideran como pagados.

3.-Si algún recibo quedara pendiente de pago, dado que la cantidad ingresada no cubriera el importe total del mismo, se considerará dicha cantidad entregada a cuenta y el/los recibos no pagados, pasarán a ejecutiva, denegándose los recargos e interese previstos en la Ley general tributaria, y siguiéndose el procedimiento en esta establecido.

 

En el caso de que cargada la última cuota del sistema, se observará que por la aplicación de alguna bonificación, exención, o cualquier otro supuesto que disminuya el importe de los recibos, de forma que el importe pagado por el usuario supere el importe que proceda según las cuantías definitivas de los recibos según padrón del ejercicio en curso, se procederá a efectuar la devolución de la misma.

 

NÚMERO DE FRACCIONES/CUOTAS.

Los que se encuentren acogidos desde el mes de Enero y hayan optado por este sistema y entre sus tributos acogidos figure IBIU, tendrán un total de 8 cuotas, es decir la última cuota será la del mes de agosto.

 

Si en cambio sólo tienen vehículos o vados, tendrán un total de 6 cuotas.