Podrán acogerse al sistema de cuenta corriente en materia tributaria los sujetos pasivos que reúnan los siguientes requisitos:
-Que residan en el municipio de Aldaia.
-Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias, con el Ayuntamiento de Aldaia.
-Que en los últimos cuatro años, no hayan sido objeto de embargo de cuentas, salarios o bienes, por parte de la recaudación municipal.
-Que no haya sido dado de baja en el sistema de pago fraccionado por impago de una cuota anterior.
-Que sea sujeto pasivo titular de los impuestos que pretenda fraccionar.
-Que sea titular de una cuenta bancaria en la cual se domiciliarán las cuotas resultantes del fraccionamiento.
-En caso de no ser el titular de la cuenta corriente en la que se domiciliarán los cargos de los fraccionamientos, se necesitará la autorización del titular.
-Que no tenga deuda pendiente.